Matrimonios

  • En la actualidad para contraer matrimonio es necesario la tramitación un expediente matrimonial previo con la finalidad de determinar si los futuros contrayentes tienen idoneidad para contraer matrimonio entre sí.

  • Ahora puede contraer matrimonio ante Notario.

DISPONEMOS DE UNA ESTANCIA ESPECIALMENTE HABILITADA PARA LA CELEBRACIÓN DE SU BODA!

EXPEDIENTE PREVIO MATRIMONIAL.

  • Con carácter previo al matrimonio propiamente dicho es necesario tramitar un expediente matrimonial previo. Así se determina la capacidad e idoneidad de los futuros cónyuges para celebrar el futuro matrimonio.

  • Este expediente se tramita ante el Notario que designe por turno el Colegio Notarial. La competencia Notarial se determina por el domicilio de cualquiera de los futuros contrayentes.

  • El expediente se inicia mediante la presentación de un formulario aprobado por el Ministerio de Justicia acompañado de los certificados de empadronamiento y copia de los Documentos de Identidad de los futuros contrayentes.

  • El formulario podrá presentarse en cualquier Notaria o directamente en el Colegio Notarial. En el mismo podrá designar el Notario o autoridad ante la que se quiere celebrar el futuro matrimonio.



MATRIMONIO ANTE NOTARIO. DOCUMENTACIÓN.



              • Certificado de nacimiento de ambos contrayentes: En el caso de ser un certificado extranjero deberá:

                • Estar traducido y apostillado, -(salvo que se trate de un estado firmante del Convenio 17 de la Comisión internacional de Estado Civil), o

                • Se expedido en el formato plurilingüe del Convenio 16 de la Comisión Internacional de Estado Civil, o

                • Estar expedido en el formato multilingüe previsto en el Reglamento Reglamento 2016/1191 del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de junio de 2016.-

              • Si alguno de los futuros contrayentes está divorciado deberá presentarse certificado de matrimonio en el que conste inscrita la sentencia firme de divorcio.

              • Certificados de empadronamiento de los futuros contrayentes, sí el mismo no se hubiese aportado al solicitar la designación de Notario para la tramitación del expediente.

              • Puede solicitarse el Certificado de antecedentes penales del contrayente a los efectos de comprobar la ausencia de impedimento matrimonial.

              • Datos personales de cuatro personas mayores de edad y con plena capacidad que conozcan a los contrayentes, quienes actuarán en calidad de testigos.

FORMULARIO SOLICITUD EXPEDIENTE MATRIMONIAL (1).pdf

FORMULARIO




Imprime este formulario, rellénalo en mayúsculas, acompaña fotocopia de los DNI´s y los Certificados de Empadronamiento, si el domicilio actual no coincide con el que consta en el DNI. Fírmalo y tráelo a nuestra notaría. Lo tramitamos en el día!



SEPARACIÓN DE BIENES ANTES DEL MATRIMONIO

  • Los futuros contrayentes, incluso antes de la celebración del matrimonio, podrá otorgar capitulaciones matrimoniales a los efectos de pactar el Régimen Económico por el que se regirá su futuro matrimonio. En Canarias, a falta de capitulaciones regirá el régimen de gananciales.