Acudir al Notario

Con una alta preparación, el notario es un profesional cercano e imparcial que te ayuda, asesora y garantiza que tu contrato o negocio, estén ajustados a la legalidad.

Debes acudir al notario antes de otorgar algún documento que comprometa tus derechos o tus obligaciones. Acude a tu notaría si tienes previsto hacer la escritura pública de un piso que vas a comprar o vender, otorgar un poder, hacer testamento, constituir una sociedad, celebrar capitulaciones matrimoniales (el contrato sobre los bienes en el matrimonio) o cualquier asunto de tipo jurídico relacionado con la contratación privada civil o mercantil, con la vida familiar o con las sucesiones por causa de muerte. El notario estudiará tu caso sin coste alguno y te aconsejará sobre la forma más conveniente de tratarlo, indicándote las ventajas e inconvenientes de cada opción, así como su coste final, incluyendo el de los impuestos que, en su caso, vas a tener que pagar.


Artículo 147, del Reglamento Notarial:


El notario redactará el instrumento público conforme a la voluntad común de los otorgantes, la cual deberá indagar, interpretar y adecuar al ordenamiento jurídico, e informará a aquéllos del valor y alcance de su redacción.

Como funcionario público, el notario adecuará a la más estricta legalidad cualquier documento, declaración o acto que los particulares le soliciten y comprobará que los negocios queridos por la partes reúnen los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico.

Quién puede acudir al Notario?

  • La persona física: para hacer testamento, otorgar escrituras de compraventa, préstamos hipotecarios, aceptación y adjudicación de herencia, donaciones, matrimonios, capitulaciones matrimoniales, juras de nacionalidad, constitución de sociedades, reconocimiento de deudas, dación en pago, etc.

  • La persona jurídica (Una sociedad por ejemplo): constitución o disolución de una sociedad, fusiones, escisiones y transformaciones, transmisión de acciones y participaciones, elevación a público de acuerdos sociales, cambios de domicilio, ampliación del objeto social, financiación de empresas, leasing inmobiliario, transmisión de patentes y marcas, etc.

Fuente: notariado.org